Prohibición de fumar en restaurantes y discotecas - control
Está prohibido fumar en locales públicos, instalaciones infantiles, juveniles, culturales y de ocio, instalaciones deportivas, carpas de cerveza, vino y festivales, así como en las zonas interiores de los restaurantes.
Descripción del curso
A partir del 1 de agosto de 2010, estará prohibido fumar no sólo en los establecimientos públicos, las instalaciones infantiles y juveniles, las instalaciones culturales y de ocio y las instalaciones deportivas, sino también en las carpas de cerveza, vino y festivales y en el interior de todos los restaurantes.
Los establecimientos de restauración incluyen
- todos los establecimientos de comidas y bebidas, incluidos los establecimientos de comercio ambulante
- Discotecas,
- Cafés,
- Bares y
- establecimientos comparables.
En todos los restaurantes, incluidas las discotecas y salas de baile, se podrán habilitar zonas de no fumadores para los clientes.
Controles:
Las inspecciones de distrito se encargan de comprobar si se respeta la prohibición de fumar. El tipo y la frecuencia de las inspecciones no están estipulados por ley. Por regla general, los empleados de las inspecciones de distrito realizan inspecciones ad hoc, por ejemplo en caso de quejas sobre el propietario o los clientes de un establecimiento concreto.
Quien infrinja la prohibición de fumar comete una infracción administrativa con una multa de entre 5 y 1.000 euros.
La prohibición de fumar se aplica independientemente de si el restaurante necesita o no licencia. No se hace ninguna distinción en función de la comida o bebida que se ofrezca, el tamaño, la zona de clientes o el número de asientos.
Sólo en el caso de una sociedad realmente cerrada que utilice una sala aparte o el pub entero, por ejemplo para una celebración familiar, y en la que, por tanto, el público esté físicamente excluido, no se aplica la prohibición legal de fumar en los pubs.
Bases jurídicas
Ley de Protección de la Salud (GSG)