Permiso de residencia - Integración sostenible

Las personas toleradas o titulares del derecho de residencia con oportunidad (art. 104c AufenthG) pueden recibir un permiso de residencia si se han integrado de forma sostenible.

Descripción del curso

El 31 de diciembre de 2022 entró en vigor la llamada Ley de Residencia de Oportunidad. Las personas toleradas pueden obtener un permiso de residencia conforme al artículo 25b de la AufenthG en condiciones simplificadas.

Antes de que expire su permiso de estancia o residencia tolerada, debe solicitar un permiso de residencia.

Para solicitarlo, envíenos su formulario de solicitud y los documentos necesarios por internet o por correo. Cuando hayamos comprobado su solicitud, le daremos una cita.

  • Los cónyuges, las parejas de hecho y los hijos solteros menores de edad también pueden obtener un permiso de residencia para un periodo de estancia más corto, siempre que exista convivencia familiar y se cumplan las condiciones para la concesión del permiso.
  • Las personas con empleo tolerado conforme al artículo 60d de la AufenthG pueden solicitar un permiso de residencia después de 30 meses de residencia tolerada.
  • El permiso de residencia se expide y prorroga por un máximo de dos años.

Requisitos previos

  • Registro de la residencia principal en Múnich
  • Pasaporte nacional en vigor o, al menos, identidad aclarada
  • Posesión de un permiso de residencia conforme al artículo 104c de la AufenthG o de un permiso de estancia tolerada
  • Residencia legal ininterrumpida de seis años o cuatro años (en caso de convivencia doméstica con un hijo soltero menor de edad) en el territorio federal
  • Asegurarse predominantemente un medio de vida mediante un empleo remunerado o, teniendo en cuenta la situación anterior en materia de estudios, formación, ingresos y vida familiar, cabe esperar que se asegure el medio de vida
  • Poseer suficientes conocimientos orales de alemán (nivel A2)
  • Compromiso con el ordenamiento básico democrático libre
  • Conocimientos básicos del ordenamiento jurídico y social y de las condiciones de vida en Alemania
  • Para niños en edad escolar Cumplimiento de los periodos de asistencia escolar
  • Cumplimiento de los requisitos de seguridad No haber sido condenado por infracciones penales dolosas que sumen más de 50 tasas diarias o más de 90 tasas diarias por infracciones penales según la ley de inmigración y no tener interés en la deportación según el artículo 54 de la AufenthG

Documentos necesarios

  • solicitud debidamente cumplimentada e indicación de su documento de identidad
  • pasaporte válido, documento sustitutivo del pasaporte u otro documento de identidad
  • si procede, prueba de los esfuerzos realizados para aclarar su identidad y obtener un documento de identidad y de viaje válido
  • confirmación actual de empleo y las tres últimas nóminas
  • Confirmación de la oficina de empleo de que no se perciben prestaciones sociales -incluido el subsidio de vivienda- o, si se perciben prestaciones, justificante de las prestaciones sociales (notificación de prestaciones)
  • Acreditación de conocimientos orales de alemán de nivel A2 (certificado de idioma o certificado de al menos bachillerato)
  • Prueba de conocimientos básicos del ordenamiento jurídico y social y de las condiciones de vida en Alemania
  • participación satisfactoria en la prueba "Vivir en Alemania" o
    • certificado de fin de estudios correspondiente (como mínimo, certificado de fin de estudios secundarios)
    • certificado escolar en vigor para los niños en edad escolar
  • Contrato de arrendamiento en el que se indique el tamaño de la vivienda en metros cuadrados y extractos bancarios que demuestren el alquiler o un certificado de residencia

En casos particulares, pueden exigirse otros documentos.

Duración y costes

Plazo de tramitación

Al menos 10 semanas

Tarifas y gastos

  • Primer número: 100 euros
  • Renovación: 93 euros
  • Primer número niño: 50 Euro
  • Renovación niño: 46,50 Euro

Formas de pago disponibles

Bases jurídicas

§ Artículo 25b AufenthG, Artículo 104c AufenthG, Artículos 60a, 60c, 60d AufenthG, Artículo 10 AufenthG

Ausländerbehörde AV

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Ruppertstraße 19
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Fax: +49 89 233-45595

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Jueves De 7.30 a 15.30 horas
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