Fomento de la sustitución de la calefacción (BEG-acoplado) (FKG)
Si tiene previsto sustituir la calefacción de un edificio de viviendas existente, puede solicitar una subvención.
Descripción del curso
Se subvenciona la instalación de generadores de calor eficientes en edificios residenciales existentes, ya sea como medidas individuales o como paquetes de medidas, así como medidas para edificios y redes de calefacción.
Para las solicitudes presentadas hasta el 31 de diciembre de 2023, se aplica la siguiente información: Subvención para medidas individuales
La tasa de subvención es del 15 % de los costes subvencionables para todas las medidas individuales relacionadas con la tecnología de las instalaciones.
Se pueden subvencionar las siguientes medidas de construcción:
- Instalaciones solares térmicas
- Bombas de calor eléctricas
- Red del edificio y conexión a una red de calefacción o del edificio
Además, puede solicitar medidas complementarias. En la directriz encontrará información sobre qué medidas complementarias son subvencionables para esta medida.
Nota importante
Nota sobre la vinculación con el programa BEG
Para la misma medida, debe presentarse ante la BAFA o el KfW una solicitud de subvención para el programa federal de eficiencia energética en edificios —medidas individuales (BEG EM).
Importante: ¡primero hay que presentar la solicitud del FKG!
Queda excluida la subvención del FKG si, en el marco del programa BEG EM, se solicita la «bonificación por velocidad climática» y/o la «bonificación por ingresos» para al menos una vivienda del edificio (excepción: subvención adicional para bombas de calor).
Requisitos previos
Toda la información vinculante se encuentra en la directiva. A continuación, lo más importante en resumen:
En el programa de ayudas «Edificios climáticamente neutros» (FKG) se aplica lo siguiente:
- Solo se pueden subvencionar edificios situados dentro del término municipal de la capital del estado federado de Múnich.
- La persona solicitante es la responsable de los gastos de inversión. Esto significa que todos los contratos, facturas o documentos similares deben estar a nombre de la persona solicitante y pagarse desde su cuenta bancaria. El pago de la subvención se realizará exclusivamente en la cuenta bancaria de la persona solicitante.
- Para la presentación de la solicitud se aplica obligatoriamente el principio de «solicitud de subvención antes del encargo». No se puede haber adjudicado aún ningún encargo para la obra. ¡Si ya se ha adjudicado un encargo a las empresas ejecutoras para la obra que se va a solicitar, no se podrá obtener la subvención del FKG!
- Tienen derecho a solicitar la subvención, entre otros, los propietarios de inmuebles, así como las personas equiparadas a estos, por ejemplo, los usufructuarios. En la sección «Preguntas y respuestas» se puede encontrar más información sobre quiénes pueden solicitarla.
- La solicitud debe presentarse exclusivamente en línea a través del portal municipal de ayudas.
Además, en lo que respecta a la sustitución de la calefacción, se aplica lo siguiente:
- Las medidas solo pueden subvencionarse en edificios existentes.
- Estas medidas forman parte de un asesoramiento energético específico para el edificio, elaborado con ayuda de un plan de rehabilitación individual (iSFP). En el iSFP debe presentarse un plan de rehabilitación paso a paso, con el que, tras la ejecución de todas las medidas, se alcance como mínimo el estándar energético EH55 a más tardar en el año 2035. Para los edificios protegidos como monumentos históricos se aplican los requisitos de la BEG EM. Encontrará más información al respecto en «Preguntas y respuestas».
- Las medidas están vinculadas a una subvención de la «Directiva sobre ayudas federales para edificios eficientes: medidas individuales (BEG EM)». La subvención de la FKG solo es posible si se ha concedido previamente una subvención federal (BEG EM) para las mismas medidas.
- La solicitud solo puede presentarse para un edificio completo, no para viviendas individuales.
- Queda excluida la subvención del FKG si, en el marco de la BEG EM, se solicita la «bonificación por velocidad de ventilación» y/o la «bonificación por ingresos» para al menos una vivienda del edificio (excepción: subvención adicional para bombas de calor).
Documentos necesarios
No es necesario presentar ningún documento al presentar la solicitud.
Una vez finalizado(s) el(los) proyecto(s) de construcción, deberán cargarse los siguientes documentos. En el portal de financiación, la carga de estos documentos se denomina "Presentar prueba de uso":
si la solicitud va a ser presentada por una persona autorizada que represente al solicitante, deberá presentarse el formulario de poder not arial.
- Justificante de autorización para presentar la solicitud. Ejemplo: Un particular que presente él mismo la solicitud deberá subir su DNI. Para WEG véase la subpágina WEG.
- Confirmación de desembolso del Banco KfW o notificación de evaluación de la subvención federal
- Confirmación después de la ejecución (BnD) o certificado técnico del proyecto (TPN)
- Facturas de los gastos efectuados de acuerdo con la BnD o la notificación de evaluación
- Formulario de declaración de sustitución de la calefacción
- Documentos de asesoramiento "Mi hoja de ruta de rehabilitación" y "Guía de aplicación de mis medidas"
- en el caso de edificios protegidos: acreditación de los requisitos de protección del monumento y de la licencia de protección del monumento
La lista de comprobación de la sustitución de la calefacción resume los documentos que deben presentarse.
Preguntas y respuestas
El derecho a presentar la solicitud corresponde a los propietarios, así como a las personas equiparadas a estos (por ejemplo, titulares de derechos de superficie o beneficiarios de un usufructo), del terreno, parte del terreno, edificio o parte del edificio en el que se vaya a llevar a cabo la medida, así como a los contratistas.
La solicitud la presenta un representante de la comunidad de propietarios. La «solicitante» es la propia comunidad de propietarios. La comunidad de propietarios corre con los gastos. La factura debe estar a nombre de la comunidad de propietarios. Debe presentarse el acuerdo de la comunidad de propietarios en el que se indique que todos los propietarios de viviendas renuncian a solicitar la «bonificación por velocidad climática» y la «bonificación por ingresos» de conformidad con la Ley de Eficiencia Energética (BEG EM). Encontrará información detallada en la subpágina dedicada a las comunidades de propietarios.
La celebración de contratos de suministro y prestación de servicios antes de la presentación de la solicitud no es, excepcionalmente, un impedimento para la subvención si se acuerda una condición suspensiva o resolutoria que se refiera expresamente a la autorización de contratación concedida en el portal de subvenciones del programa de ayudas «Edificios climáticamente neutros» (FKG). Se considera autorización de contratación el mensaje con el asunto «Se pueden contratar las medidas solicitadas» procedente del portal de subvenciones.
Los contratos de suministro y prestación de servicios que contengan una condición suspensiva o resolutoria deberán presentarse de oficio, acompañados de un justificante de destino de los fondos. En caso de que el solicitante no cumpla con su obligación de colaboración, el organismo subvencionador tendrá derecho a denegar la solicitud.
La ejecución de las obras debe tener lugar después de la presentación de la solicitud.
Encontrará propuestas de redacción en la hoja informativa sobre condiciones suspensivas o resolutorias.
Sí, en el momento de presentar la solicitud al FKG debe disponerse de un asesoramiento energético específico para el edificio en forma de iSFP.
Según la directriz del FKG del 7 de mayo de 2024, en el momento de presentar la solicitud debe disponerse de un asesoramiento energético específico para el edificio en forma de iSFP que cumpla los siguientes requisitos:
- Descripción de una rehabilitación por fases.
- Elaboración de un plan de rehabilitación energética en el que, a más tardar en el año 2035, se alcance uno de los siguientes estándares energéticos (estándar energético objetivo): EH 55, EH 55 EE, EH 55 NH, EH 40, EH 40 EE, EH 40 NH, de conformidad con la BEG-WG. Nota: En el caso de los edificios protegidos como monumentos históricos, se aplicarán, de forma diferente a los estándares energéticos mencionados anteriormente, los estándares «Monumento», «Monumento EE» o «Monumento NH».
- La medida solicitada en el FKG debe figurar en el iSFP.
Un iSFP elaborado inicialmente que no incluya los requisitos mencionados anteriormente puede ser completado o adaptado por un asesor energético (EEE) de modo que se cumplan dichos requisitos.
No es necesario presentar el iSFP junto con el certificado de uso; no obstante, el asesor energético confirma, mediante el «Formulario de declaración de medidas individuales — Medidas de eficiencia», que este se dispone y que cumple los requisitos de la FKG.
A efectos de la FKG, se consideran iSFP los siguientes informes de asesoramiento energético:
- Todos los iSFP elaborados a partir del 19 de enero de 2024 o que se elaboren en el futuro y que cumplan los criterios mencionados anteriormente
- Informes de asesores energéticos que se hayan solicitado y subvencionado en el marco del «Asesoramiento sobre rehabilitación energética» de la FKG entre el 20 de julio de 2022 y el 18 de enero de 2024.
- Los «asesoramientos sobre rehabilitación energética» rechazados en el FKG por motivos formales (por ejemplo, encargo anterior a la solicitud), en los que el informe de asesoramiento energético cumpla los requisitos mencionados anteriormente.
- Los informes de asesoramiento energético del «asesoramiento sobre rehabilitación energética» que se hayan solicitado en el FKG pero que no hayan sido subvencionados por motivos de contenido pueden ser completados o adaptados por un EEE, de modo que cumplan los requisitos mencionados anteriormente.
- El iSFP no debe haberse elaborado antes del 1 de noviembre de 2020. (Entrada en vigor de la Ley de Energía de los Edificios)
- Un iSFP elaborado inicialmente que no incluya los requisitos mencionados anteriormente puede ser completado o adaptado por un EEE para que cumpla dichos requisitos.
La tasa de subvención asciende al 30 % de los costes subvencionables máximos por encima del límite máximo de gastos subvencionables definido por la BEG. Si los costes de inversión subvencionables no superan el límite máximo de gastos subvencionables establecido por la BEG, no se concederá ninguna subvención adicional para la bomba de calor de agua subterránea.
No obstante, la tasa de subvención asciende como máximo a
• 30 000 € para la primera vivienda
• 15 000 € por cada una de las viviendas de la segunda a la sexta
• 8 000 € por cada vivienda a partir de la séptima
Ejemplos de cálculo orientativos de la subvención adicional
Ejemplo 1: Costes de inversión subvencionables de 65 000 € para un edificio con una
vivienda
BEG: Límite máximo de los costes subvencionables = 30 000 €
Subvención adicional de la FKG para bombas de calor de agua subterránea y geotérmicas:
• Costes de inversión subvencionables por encima del límite máximo del BEG
= 65 000 € – 30 000 € = 35 000 €, que el FKG limita a 30 000 €
• Importe de la subvención: 30 % de 30 000 € = 9 000 €
Ejemplo 2: Costes de inversión subvencionables de 177 000 € para un edificio con diez
viviendas
BEG: Límite máximo de los costes subvencionables
= 30 000 € (1.ª unidad de vivienda) + 5 × 15 000 € (2.ª a 6.ª unidad de vivienda) + 4 × 8 000 € (unidades residenciales de la 7.ª a la 10.ª) = 137 000 €
Subvención adicional del FKG para bombas de agua subterránea y geotérmicas:
• Costes de inversión subvencionables por encima del límite máximo de la BEG
= 177 000 € – 137 000 € = 40 000 €
• Importe de la subvención: 30 % de 40 000 € = 12 000 €
Ejemplo 3: Costes de inversión subvencionables de 135 000 € para un edificio de diez
viviendas
BEG: Límite máximo de los costes subvencionables
= 30 000 € (1.ª unidad de vivienda) + 5 × 15 000 € (2.ª a 6.ª unidad de vivienda) + 4 × 8 000 € (a partir de la 7.ª unidad de vivienda) = 137 000 €
Subvención adicional del FKG para bombas de agua subterránea y geotérmicas:
• Los costes de inversión subvencionables (135 000 €) son inferiores al límite máximo de costes subvencionables definido por la BEG
• Importe de la subvención: no hay subvención adicional
El Ayuntamiento de Múnich no recomienda a ningún asesor energético en concreto. La «Agencia Alemana de Energía», con su lista de expertos, es el organismo de acreditación neutral. En Baviera, además, el «Colegio de Arquitectos de Baviera», el «Colegio de Ingenieros de la Construcción de Baviera» y la «GIH e.V.», la asociación de asesores energéticos de edificios de Baviera, ofrecen listas de asesores energéticos.
De forma análoga a la normativa de las ayudas del BEG, no es obligatorio cumplir el principio de «solicitud previa a la contratación» para la medida adicional «Planificación energética especializada y supervisión de la obra para medidas vinculadas al BEG». Por lo tanto, los servicios de planificación especializada pueden contratarse antes de presentar la solicitud al FKG. Esto se aplica a las justificaciones de gastos que se comprueben a partir del 6 de septiembre de 2024. La contratación de la medida principal sigue sin poder realizarse antes de presentar la solicitud.
El incumplimiento del principio de financiación «solicitud antes que encargo» en la medida principal conlleva el rechazo simultáneo de la medida adicional.
Si no se ha contado con ningún experto en eficiencia energética para la solicitud de la subvención federal, no es necesario presentar un «certificado técnico del proyecto (TPN)». En este caso, basta con la «Declaración del empresario especializado en instalaciones de generación de calor —técnica de calefacción» que se presentó ante la BEG. En este caso, el propio solicitante también puede firmar el formulario «Declaración sobre la sustitución de la calefacción».
- Instalaciones solares térmicas, así como redes de edificios y conexión a redes de calefacción: :
Queda excluida la subvención si se instalan nuevos generadores de calor que funcionen con combustibles fósiles (por ejemplo, gasóleo de calefacción, gas natural, carbón) o con biomasa gaseosa o líquida, o con hidrógeno. - Bombas de calor:
Queda excluida la subvención si se utilizan generadores de calor que funcionen con combustibles fósiles (por ejemplo, gasóleo de calefacción, gas natural, carbón), biomasa gaseosa o líquida, o hidrógeno.
Contacto
Referat für Klima- und Umweltschutz
Sachgebiet Förderprogramm Klimaneutrale Gebäude
Landeshauptstadt München
Solemos responder a sus preguntas por correo electrónico en uno o dos días laborables.