Promoción de la consultoría fotovoltaica y la electricidad para inquilinos (FKG)

Si desea asesoramiento sobre energía fotovoltaica o quiere implantar la electricidad para inquilinos, puede solicitar una subvención.

Descripción del curso

Se subvencionan los servicios de consultoría y planificación para edificios residenciales y no residenciales en materia de energía fotovoltaica. El asesoramiento va más allá de la mera planificación de un sistema fotovoltaico. La financiación asciende al 60% de los honorarios de consultoría y a un máximo de 3.000 euros para edificios con una o dos unidades residenciales o 15.000 euros (9.000 euros para solicitudes presentadas antes del 11 de junio de 2025) para edificios con tres o más unidades residenciales o para edificios no residenciales. Dependiendo del derecho del solicitante a deducir el impuesto soportado, los honorarios brutos o netos del consultor son subvencionables.

También se financia la instalación del sistema necesario para la implantación de modelos de electricidad para inquilinos. La financiación se concede tanto para los sistemas de nueva instalación como para los ya existentes en edificios residenciales y no residenciales o en instalaciones estructurales relacionadas con estos edificios. Son subvencionables todos los costes de la implantación del modelo de electricidad para inquilinos, incluidas las medidas medioambientales, así como los costes del sistema fotovoltaico de nueva instalación como parte del modelo de electricidad para inquilinos. La subvención asciende a 200 euros/kWp de potencia del sistema fotovoltaico asociado. El importe de la subvención se limita a los costes de inversión subvencionables. Se aplicarán otros importes de financiación a las solicitudes presentadas antes del 11 de junio de 2025.

Requisitos previos

Toda la información vinculante se encuentra en las directrices. A continuación se resumen los puntos más importantes : Lo siguiente se aplica al programa de financiación de Edificios Clima Neutral (FKG):

  • La financiación sólo está disponible para edificios situados dentro de los límites de la ciudad de Múnich.
  • El solicitante es responsable de los costes de inversión. Esto significa que todos los pedidos, facturas, etc. deben ser emitidos al solicitante y pagados desde su cuenta bancaria. El importe de la financiación se abonará exclusivamente en la cuenta bancaria del solicitante.
  • El principio de "solicitud de financiación antes del pedido" es obligatorio para la solicitud. Es posible que aún no se haya adjudicado ningún contrato para la medida. Un pedido realizado a las empresas ejecutoras o consultoras de la medida de financiación que se va a solicitar impide la financiación de la FKG
  • Pueden presentar una solicitud, entre otros, los propietarios de edificios y las personas asimiladas, como los usufructuarios. Encontrará más información sobre el grupo de solicitantes en el apartado "Preguntas y respuestas".
  • La solicitud debe presentarse exclusivamente en línea en el portal de financiación municipal.

Lo siguiente también se aplica al asesoramiento fotovoltaico:

  • Los componentes básicos de una consultoría fotovoltaica incluyen
    • un inventario de la situación del edificio
    • el desarrollo de un concepto con la presentación de variantes sobre el dimensionamiento del sistema, la tecnología, la rentabilidad, las posibilidades de financiación, etc., que tengan en cuenta los requisitos y las necesidades de la persona que explota el sistema
    • el uso de sistemas de almacenamiento en baterías, bombas de calor, depósitos de almacenamiento de agua caliente con elementos calefactores, estaciones de carga, etc.
  • Además de estos módulos básicos, son subvencionables otros temas de consultoría relacionados con la instalación de un sistema fotovoltaico, por ejemplo, el asesoramiento jurídico o fiscal, el análisis estructural de edificios existentes, el asesoramiento sobre electricidad para inquilinos, el asesoramiento sobre la combinación de energía fotovoltaica con un tejado verde (doble uso del espacio), las citas de acompañamiento en eventos de propietarios o inquilinos, la preparación de un concepto de barrio energético.
  • Sólo se subvencionan los servicios de asesoramiento que ofrecen una visión global de las posibilidades de suministro energético mediante energía fotovoltaica. Por lo tanto, varios edificios o números de casa que estén conectados estructuralmente y sean propiedad de la misma persona o personas se consideran una sola unidad en el sentido de la FKG y deben ser asesorados en su totalidad. En tales casos, sólo se subvenciona un servicio de asesoramiento para toda la unidad.

Documentos necesarios

No se requiere ningún documento al presentar la solicitud.

Una vez finalizado(s) el(los) proyecto(s) de construcción, deberán cargarse los siguientes documentos. En el portal de financiación, la carga de estos documentos se denomina "Presentar prueba de uso":

Si la solicitud va a ser presentada por una persona autorizada que represente al solicitante, deberá presentarse el formulario de poder notarial.

Para consultoría fotovoltaica:

Encontrará un resumen de los documentos que debe presentar en la Lista de comprobación de consultoría foto voltaica.

Para modelos de electricidad para inquilinos (comunidades de autoabastecimiento):

  • justificante de autorización de solicitud. Ejemplo: Un particular que presente la solicitud por sí mismo deberá subir su DNI. Para WEG, véase la subpágina WEG.
  • Factura(s) como prueba de los contadores convertidores instalados y de las conexiones domiciliarias desmontadas o como prueba de los costes de inversión en componentes alternativos para la aplicación del concepto de electricidad arrendada o del concepto de venta directa
  • Formulario: Lista de costes de los modelos de alquiler de electricidad
  • Formulario de autodeclaración para modelos de alquiler de electricidad
  • El concepto de medición presentado al operador de la red
  • Prueba de la producción de la instalación fotovoltaica utilizada para el modelo de alquiler de electricidad

La lista de comprobación para los modelos de alquiler de electricidad resume los documentos que deben presentarse.

Duración y costes

Plazo de tramitación

Tras presentar la solicitud y recibir la notificación en el portal de financiación con el asunto "La(s) medida(s) solicitada(s) puede(n) encargarse", la medida de consulta o construcción puede ejecutarse.

Regulación de plazos: Las medidas solicitadas deben completarse y los documentos (prueba de uso) deben cargarse en el plazo de un año. La ampliación del plazo de uno a dos años puede solicitarse en línea a través del portal de financiación. Se aplicarán otros plazos a las solicitudes presentadas antes del 11 de junio de 2025.

Las solicitudes se tramitan por orden de recepción de las referencias de utilización. La comprobación de los documentos lleva cierto tiempo (actualmente unos nueve meses). Por favor, absténgase de preguntar sobre el estado de tramitación.

Si durante la revisión se descubre que faltan documentos, existe la posibilidad de rectificación. En este caso, recibirá una notificación a través del portal de financiación con la petición de que presente las pruebas necesarias en un plazo razonable.

Una vez finalizada la revisión de una solicitud, se emitirá una notificación. La financiación se abonará entre ocho y diez semanas después del envío digital de la decisión de financiación a través del portal de financiación.

Tarifas y gastos

ninguno

Preguntas y respuestas

El derecho a presentar la solicitud corresponde a los propietarios, así como a las personas equiparadas a estos (por ejemplo, titulares de derechos de superficie, titulares de un derecho de usufructo) y arrendatarios (en particular, de la superficie del tejado), así como a los inquilinos del terreno, parte del terreno, edificio o parte del edificio en el que se vaya a llevar a cabo la medida.

​Particulares y comunidades de propietarios
, profesionales liberales y demás trabajadores autónomos
, entidades e instituciones de derecho público, por ejemplo, colegios profesionales o
asociaciones
organizaciones sin ánimo de lucro, incluidas las iglesias
empresas, incluidos los empresarios individuales y las empresas municipales
empresas
otras personas jurídicas de derecho privado, incluidas
cooperativas de vivienda
El derecho a solicitar la ayuda se aplica a los propietarios, así como a las personas equiparadas a estos (por ejemplo, titulares de derechos de superficie, titulares de un derecho de usufructo) y arrendatarios (en particular, de la superficie del tejado), así como a los inquilinos del terreno, parte del terreno, edificio o parte del edificio en el que se vaya a llevar a cabo la medida.
El derecho a presentar la solicitud por parte de las personas equiparadas (p. ej.,
titulares de derechos de superficie, personas con derecho de usufructo), arrendatarios y inquilinos, requiere además que puedan acreditar que cuentan con una autorización por escrito de los propietarios del terreno, parte del terreno, edificio o parte del edificio en cuestión, o bien con una cláusula contractual correspondiente con los propietarios que les permita llevar a cabo la medida.
En el caso de las comunidades de propietarios (WEG), la solicitud debe ser presentada por la administración de la finca. Si no se ha designado ninguna administración de la finca, la solicitud deberá ser presentada por una persona autorizada que pertenezca a la comunidad de propietarios en cuestión.

La solicitud la presenta un representante de la WEG. La «solicitante» es la propia WEG. La WEG corre con los gastos. La factura debe estar a nombre de la WEG. Encontrará información detallada en la subpágina WEG.

Se reconoce a los ingenieros o técnicos electricistas como asesores fotovoltaicos si acreditan una cualificación adicional suficiente en el ámbito de la energía fotovoltaica. Se reconoce una formación continua más amplia en el ámbito de la energía fotovoltaica o como asesor solar, asesor técnico solar o técnico especializado en energía solar. Una formación continua puntual en un ámbito parcial puramente técnico o económico no es suficiente. La formación continua debe garantizar, en el sentido de la FKG, una base de conocimientos lo suficientemente amplia como para ofrecer un asesoramiento integral. Como alternativa, también se puede acreditar como cualificación adicional una experiencia profesional relevante en el ámbito de la energía fotovoltaica con al menos 5 referencias. Se aceptan 5 referencias, incluso si datan de hace menos de 3 años.

En ausencia de un título de ingeniero o ingeniero eléctrico, también se reconoce una actividad profesional relevante y de larga duración en el ámbito de la energía fotovoltaica, siempre que se pueda acreditar (un mínimo de 10 referencias a lo largo de 10 años).

En un «modelo de electricidad para inquilinos» (también denominado «comunidad de autosuficiencia»), una instalación fotovoltaica abastece a varios hogares particulares o a usuarios comerciales. Algunos modelos posibles son, por ejemplo, la electricidad para inquilinos según el artículo 42a de la Ley alemana de Energía (EnWG), el suministro colectivo a edificios según el artículo 42b de la EnWG y otras formas de autosuficiencia energética.

Contacto

Referat für Klima- und Umweltschutz
Sachgebiet Förderprogramm Klimaneutrale Gebäude
Landeshauptstadt München

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