Vacaciones tranquilas
Se aplican restricciones a los espectáculos públicos en los denominados días festivos en Baviera.
Descripción del curso
En Baviera se aplican restricciones a los espectáculos públicos en los denominados días festivos.
Los siguientes días festivos están sujetos a una prohibición general de espectáculos públicos:
- De 2 de la madrugada a medianoche: Miércoles de Ceniza, Jueves Santo, Día de Oración y Arrepentimiento, Día de Todos los Santos, Día del Recuerdo y Domingo de Difuntos
- De 14.00 a 24.00 horas: Nochebuena
- De 24.00 a 24.00 horas: Viernes Santo y Sábado Santo
Actuaciones musicales/conciertos:
El Viernes Santo, en general, está prohibido todo tipo de actuaciones musicales en las salas con bares. Existe una prohibición absoluta de bailar.
La prohibición de bailar también se aplica en los demás días festivos. La posibilidad de tocar música depende del repertorio que se vaya a interpretar. El organizador debe presentar previamente a la administración del distrito un repertorio ejemplar, que debe ser compatible con la seriedad de los días festivos. Las autorizaciones excepcionales se examinarán caso por caso.
Espectáculos de cabaret, variedades y circo:
En general, estos espectáculos están autorizados los días festivos. No obstante, el Viernes Santo deberá respetarse la prohibición general de música.
Espectáculos deportivos:
Los eventos deportivos están permitidos - excepto el Viernes Santo y el Día de Oración y Arrepentimiento.
Salones recreativos:
Los salones recreativos deben permanecer cerrados los días festivos. Tampoco pueden abrir entre las 7.00 y las 11.00 horas durante los principales oficios religiosos de domingos y festivos.
Esta normativa también se aplica al funcionamiento de máquinas recreativas en pubs y restaurantes.
Diversiones y sociedades cerradas:
Las fiestas cerradas, por ejemplo celebraciones familiares, cumpleaños, bodas, están permitidas si sólo un grupo cerrado de personas tiene realmente acceso al evento y se deniega el acceso a terceros no implicados.
Preguntas y respuestas
Excepto el Viernes Santo, es posible obtener excepciones. Sólo pueden concederse en casos individuales atípicos. Sin embargo, la prohibición de bailar sigue vigente.
Bases jurídicas
Ley de días festivos (FTG)