Adquisición de la nacionalidad alemana por nacimiento
Los hijos con al menos un progenitor alemán adquieren automáticamente la nacionalidad alemana al nacer, independientemente de su lugar de nacimiento.
Descripción del curso
Niños nacidos en Alemania con dos progenitores extranjeros, de los cuales en el momento del nacimiento
- al menos uno de los progenitores haya residido legal y habitualmente en Alemania durante un periodo ininterrumpido de cinco años
- y tenga un derecho de residencia ilimitado, un derecho de residencia permanente para los ciudadanos de la UE o, como nacional suizo, un permiso de residencia para la libre circulación de personas,
adquieren tanto la nacionalidad de sus padres (principio de ascendencia) como la nacionalidad alemana (principio del lugar de nacimiento) al nacer. Los padres extranjeros no tienen que solicitar la nacionalidad alemana para sus hijos. La registra el funcionario del registro civil encargado de legalizar el nacimiento después de que la autoridad de extranjería haya comprobado los expedientes de extranjería de los padres. Esto lleva entre seis y ocho semanas. Si se cumplen los requisitos, el niño obtiene automáticamente la nacionalidad alemana.
En este caso, los padres recibirán una notificación por escrito de la oficina de nacimientos tras recibir la respuesta de la autoridad de extranjería.
A continuación, pueden solicitar documentos de identidad alemanes para el niño en la Oficina del Ciudadano.
El niño ya no tiene que elegir entre la nacionalidad alemana y la nacionalidad o nacionalidades de los padres. La nacionalidad alemana es permanente desde el nacimiento.
Preguntas y respuestas
La nacionalidad alemana se adquiere automáticamente y no se puede renunciar a ella.
Es posible renunciar a la nacionalidad alemana más adelante.
Encontrará más información sobre la renuncia a lanacionalidad alemana en la página"Renunciar a la nacionalidad alemana".
La antigua ley se aplica a los niños nacidos antes del 26 de junio de 2024. Esto significa que uno de los progenitores debe haber residido durante ocho años el día del nacimiento. La nueva ley no puede aplicarse con carácter retroactivo.
Para los niños nacidos a partir del 27 de junio de 2024, se aplican las disposiciones de la nueva ley. En este caso, basta con cinco años de residencia de uno de los progenitores el día del nacimiento.
Bases jurídicas
§ Artículo 4 (3) de la Ley de Ciudadanía