Tarjeta de pago para solicitantes de asilo
Si ha recibido una tarjeta de pago como solicitante de asilo, debe informarnos sobre los pagos a terceros.
Descripción del curso
Las prestaciones de la Ley de Prestaciones a los Solicitantes de Asilo (AsylbLG) ya no se transfieren a cuentas bancarias ni se abonan en efectivo en todos los casos, sino que se facilitan a través de la tarjeta de pago. Cada miembro de la familia mayor de 14 años recibe su propia tarjeta.
Con la tarjeta de pago, las transferencias y los adeudos domiciliados ya no serán posibles para los titulares. Para poder realizar pagos a terceros, como por ejemplo a proveedores de telefonía móvil, deberá informarles por correo electrónico (a bezahlkarte.soz@muenchen.de) a quién se van a realizar los pagos. Tras la oportuna verificación, se podrá autorizar a estos receptores de pagos.
Si ha recibido una tarjeta de pago como solicitante de asilo, debe informarnos sobre los pagos a terceros.
Requisitos previos
- Recibe prestaciones de conformidad con la Ley de Prestaciones para Solicitantes de Asilo (AsylbLG)
Preguntas y respuestas
sí, está previsto que la tarjeta de pago se introduzca gradualmente a partir de junio de 2024. En un primer momento, las tarjetas se expedirán a los nuevos solicitantes. A partir del 1 de julio de 2024, se irán entregando gradualmente a los beneficiarios de prestaciones que las estén percibiendo en la actualidad.
no, el Departamento de Bienestar Social no tiene margen de maniobra real a la hora de implantar la tarjeta de pago. El ámbito de aplicación de la tarjeta también puede ampliarse en casos concretos.
sí, el Ministerio de Interior, Deporte e Integración de Baviera ha establecido que los titulares de la tarjeta sólo pueden retirar un total de 50 euros por persona y mes. La cantidad que se puede retirar aumenta en consecuencia para las comunidades de beneficencia.
no, la tarjeta de pago no se expedirá a todos los grupos de personas. Entre los grupos de personas excluidos se encuentran los refugiados procedentes de Ucrania, las familias con derecho a prestaciones de distintos ámbitos jurídicos (AsylbLG/SGB II o SGB XII), las personas con rentas del trabajo o subsidio de formación, los casos dentro del centro penitenciario (JVA), los casos con un cuidador al que se transfieren las prestaciones y las personas en residencias de ancianos.
en breve informaremos a los derechohabientes de los detalles relativos a la recogida personal de la tarjeta y al primer pago de las prestaciones.
Bases jurídicas
ley de prestaciones de los solicitantes de asilo (AsylbLG)
Sozialreferat
Fachbereich Wirtschaftliche Hilfen
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Werinherstraße 89
81541 München
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Abierto
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Ohne Termin - jue Cerrado
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Öffnungszeiten mit Termin
Montag: 10.30 bis 12 Uhr und 13 bis 15 Uhr
Dienstag: 8.30 bis 12 Uhr
Mittwoch: 10 bis 12 Uhr und 13 bis 15 Uhr
Freitag: 8.30 bis 12 Uhr