Promoción de sistemas fotovoltaicos (FKG)

Si ha solicitado una subvención para sistemas fotovoltaicos, aquí encontrará toda la información esencial.

Descripción del curso

a partir del 18 de diciembre de 2024 no podrán presentarse nuevas solicitudes de sistemas fotovoltaicos. Las solicitudes ya presentadas seguirán siendo válidas.

La financiación está disponible para la nueva construcción y ampliación de sistemas fotovoltaicos instalados permanentemente para la generación de electricidad que estén conectados a la red de la organización operadora de la red.

Los porcentajes de subvención pueden consultarse en la directriz vigente en el momento de la solicitud.

Nota sobre el tiempo de tramitación

En la actualidad, aproximadamente once meses tras la carga de los documentos (prueba de utilización presentada).

Por favor, absténgase de preguntar sobre el estado de tramitación individual. Esto nos ayuda a acortar los plazos de tramitación.

Requisitos previos

Ha presentado una solicitud.

Documentos necesarios

Si la solicitud la presenta una persona autorizada en representación del solicitante, deberá presentarse el formulario de poder.

Una vez finalizada la instalación fotovoltaica, deberán cargarse los siguientes documentos. En el portal de financiación, la carga de estos documentos se denomina "Presentar prueba de uso":

  • Prueba de elegibilidad para presentar la solicitud. Ejemplo: Un particular que presente la solicitud por sí mismo debe subir su DNI. Para WEG, véase la subpágina WEG.
  • Autodeclaración de instalaciones fotovoltaicas
  • facturas completas de los materiales y de la instalación de los sistemas fotovoltaicos, en las que se indique la fecha del pedido, el periodo de ejecución y las denominaciones exactas del fabricante y del tipo de los colectores
  • Carta de la Agencia Federal de Redes (con número de registro) como prueba de la fecha de puesta en servicio de la EEG (https://www.marktstammdatenregister.de/MaStR)
  • Para edificios nuevos: Prueba de que se cumple la EEG sin instalación fotovoltaica o prueba de qué proporción de la potencia de la instalación fotovoltaica se ha contabilizado para el cumplimiento de la EEG. Además, deberá presentarse el formulario firmado Declaración de cumplimiento de los requisitos GEG.
  • Cuando se soliciten los suplementos "Fotovoltaica integrada en el edificio y/o requisitos de edificios protegidos" y/o "Combinación de cubierta verde fotovoltaica" y/o "Uso de módulos de vidrio", deberán presentarse documentos adicionales, véase la lista de comprobación para sistemas fotovoltaicos.
  • para la contribución personal: Formulario de declaración de contribución personal
  • Si el solicitante no es el propietario del edificio: formulario de declaración de consentimiento del propietario del edificio.

La lista de control de los sistemas fotovoltaicos resume los documentos que deben presentarse.

Duración y costes

Plazo de tramitación

Las medidas de construcción solicitadas deben completarse y los documentos (prueba de utilización) deben cargarse en un plazo de tres años a partir de la presentación de la solicitud.

Las solicitudes se tramitan por orden de recepción de las referencias de utilización. La comprobación de los documentos lleva cierto tiempo (véase la nota anterior sobre el tiempo de tramitación).

Si durante la revisión se determina que faltan documentos o que no se han cumplido los requisitos, el solicitante recibirá un mensaje a través del portal de financiación pidiéndole que presente las pruebas necesarias en un plazo razonable.

Una vez finalizada la revisión de una solicitud, se emite una notificación. La financiación se abona entre ocho y diez semanas después de la entrega digital de la decisión de financiación a través del portal de financiación.

Tarifas y gastos

ninguno

Preguntas y respuestas

No, ya no es posible solicitar financiación para sistemas fotovoltaicos. Las solicitudes ya presentadas siguen siendo válidas. No se pueden presentar nuevas solicitudes

Encontrará información detallada en la subpágina WEG.

los sistemas que están conectados estructuralmente a los edificios, por ejemplo los sistemas en tejados de patios y cocheras, son subvencionables.

El importe de la subvención depende de la potencia del sistema y de la fecha de puesta en servicio. He aquí dos ejemplos:

1) Potencia del sistema: 5 kWp; fecha de puesta en servicio EEG: abril/2024

Subvención: 2.825 euros

2) Tamaño del sistema: 45 kWp; fecha de puesta en servicio de la EEG: julio/2024

Subvención: 14.705 euros

Sí, los sistemas fotovoltaicos instalados por el cliente también son subvencionables. Se aplican los porcentajes de subvención que figuran en las directrices. La subvención asciende a un máximo del 30% de los costes de inversión subvencionables.

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