Protección de especies - Tenencia o venta de animales protegidos
Si tiene animales especialmente protegidos, debe registrarlos en la Autoridad Inferior de Conservación de la Naturaleza.
Descripción del curso
La Ordenanza Federal de Protección de Especies establece que los vertebrados incluidos en las especies especialmente protegidas deben registrarse inmediatamente ante la autoridad competente.
la autoridad competente para el área de la ciudad de Múnich es la Autoridad Inferior de Conservación de la Naturaleza del Departamento de Protección del Clima y del Medio Ambiente.
Inmediatamente significa que la notificación debe hacerse al día siguiente de la adquisición o después del nacimiento (tan pronto como se establezca la capacidad de supervivencia del animal).
Además del inicio de la cría de animales, todo animal adicional que se añada posteriormente también debe notificarse a la autoridad competente.
También deben notificarse los animales que se transmitan, se pierdan o mueran.
Documentos necesarios
Para registrar su animal necesitará lo siguiente
- formulario de notificación de existencias de vertebrados especialmente protegidos debidamente cumplimentado
- la prueba de origen correspondiente (por ejemplo, copia del contrato de compra y del certificado del criador) y/o
- certificado CE amarillo original para animales estrictamente protegidos de conformidad con el anexo A del Reglamento (CE) nº 338/97
Por supuesto, le devolveremos los documentos una vez comprobados.
Para dar de baja a su animal se necesitan los siguientes documentos
- un impreso de notificación de la población de vertebrados especialmente proteg idos debidamente cumplimentado y
- en caso de muerte o fuga de animales estrictamente protegidos de conformidad con el anexo A del Reglamento (CE) nº 338/97, el original del certificado CE amarillo
El certificado CE y los certificados de descendencia de los animales fallecidos o que se hayan escapado deben devolverse a la Autoridad Inferior de Conservación de la Naturaleza.
Preguntas y respuestas
La obligación de registro se aplica por igual a la persona que cede el animal y al nuevo propietario. Esto significa que el antiguo propietario informa de la transferencia y el nuevo propietario informa de la adopción del animal a la autoridad responsable de su lugar de residencia.
Para cumplir con su obligación de notificación, rellene íntegramente el formulario de registro para la notificación del inventario de vertebrados especialmente protegidos y envíelo a la Autoridad Inferior de Conservación de la Naturaleza. El formulario de notificación puede enviarse por correo postal o electrónico. Adjunte los documentos necesarios (véase la pregunta "¿Qué documentos son necesarios para el registro o la baja?")
El incumplimiento de la obligación de registro constituye una infracción administrativa en virtud del artículo 16(2)(5) BArtSchV y puede ser sancionado con una multa .
- Adquisición (por ejemplo, compra, regalo, intercambio, herencia)
- Enajenación (por ejemplo, venta, regalo, intercambio)
- cría propia
- Pérdida (por ejemplo, fuga, robo)
- Muerte (por ejemplo, eutanasia, relacionada con la edad)
- Traslado de los animales (por ejemplo, reubicación). Si se traslada dentro de los límites de la ciudad de Múnich, vuelva a registrar a sus animales en la nueva dirección. Si se traslada a otro municipio, los animales deben darse de baja en el registro de la Autoridad Inferior de Protección de la Naturaleza de la ciudad de Múnich y registrarse en la nueva autoridad competente en materia de protección de la naturaleza.
La notificación completa debe contener información sobre
- Especie (nombre alemán y científico)
- Número
- Edad
- Sexo
- Identificación (para las anillas: además del número, indique también si es una anilla cerrada o abierta)
- Origen (véase la pregunta siguiente)
- Lugar
- Paradero (en caso de transmisión del animal)
Como propietario de animales especialmente protegidos, está obligado, en virtud del artículo 46 de la Ley Federal de Protección de la Naturaleza, a demostrar su origen legal y, por tanto, su propiedad legal a la Autoridad Inferior de Protección de la Naturaleza. Dependiendo de la clasificación respectiva de los animales en una de las diversas categorías de protección, se requieren diversos documentos para la prueba, que deben presentarse junto con la notificación (los certificados CITES, los certificados CE y las confirmaciones de cría deben presentarse en original ).
- Certificado CE:
Para los animales enumerados en el anexo A del Reglamento (CE) nº 338/97, se requiere un certificado amarillo CE válido (antiguo certificado CITES), cuyo original debe presentarse con la comercialización. - Certificados de cría/prueba de origen:
Para todos los demás animales protegidos que se hayan criado en la UE, puede servir como prueba un certificado de cría (conocido como certificado de origen). En él debe figurar información sobre la especie, el criador y el origen de los animales parentales. En las descargas encontrará un modelo de certificado de origen. - Caso especial: crías
Sus propias crías deben registrarse en la Autoridad Inferior de Conservación de la Naturaleza inmediatamente después de nacer y etiquetarse si es necesario para poder demostrar su origen legal más adelante.
Determinadas especies animales mantenidas en cautividad deben etiquetarse para que puedan identificarse claramente como propiedad de su dueño.
En principio, deben utilizarse prioritariamente los siguientes métodos de etiquetado (véanse las columnas 2 a 6 del anexo 6 BArtSchV):
-Aves: anillo cerrado de protección de especies
-Mamíferos: transpondedor (se trata de una cápsula metálica del tamaño de un grano de arroz con un número de chip que se inserta bajo la piel del animal)
-Reptiles: transpondedor o documentación fotográfica (debe mostrar claramente las características individuales del animal. Las instrucciones para la documentación fotográfica se encuentran en Descargas)
Centros emisores de etiquetas de identificación (anillas, transpondedores):
Asociación Federal para la Conservación Profesional de la Naturaleza y las Especies (BNA)
Asociación Central de Empresas Especializadas en Zoología de Alemania (ZZF)
Si hay que retirar una placa (anilla), sólo podrá hacerlo un veterinario. La nueva placa debe ser notificada a la Autoridad Inferior de Conservación de la Naturaleza. Debe justificarse la necesidad de la retirada.
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