Ciudadanía alemana por declaración
En determinadas condiciones, las personas con un progenitor alemán también pueden adquirir la nacionalidad alemana mediante una declaración.
Descripción del curso
Desde el 20 de agosto de 2021, las personas nacidas después de la entrada en vigor de la Ley Fundamental (es decir, después del 23 de mayo de 1949) pueden adquirir la nacionalidad alemana por declaración. Esto se aplica a las personas con un progenitor alemán que no hayan podido adquirir la nacionalidad alemana por nacimiento o que hayan perdido la nacionalidad alemana adquirida por nacimiento debido a disposiciones inconstitucionales aplicables anteriormente en la ley de ciudadanía (artículo 5 de la Ley de Ciudadanía - StAG). La normativa también se aplica a los descendientes de declarantes autorizados.
Las siguientes personas no pueden adquirir la nacionalidad alemana por declaración:
- Quien haya tenido la nacionalidad alemana y la haya perdido de nuevo.
- Los niños cuyos padres hayan nacido en el extranjero después del 31 de diciembre de 1999 y cuyos padres no hayan solicitado un certificado de nacimiento alemán durante el primer año de vida del niño.
- Toda persona que haya sido condenada en Alemania o en el extranjero a dos o más años de privación de libertad o de internamiento de menores, que haya estado o esté en prisión preventiva o para la que existan otros motivos de exclusión con arreglo al artículo 11 del StAG.
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Requisitos previos
¿Quién puede adquirir la nacionalidad alemana por declaración?
- Los hijos de padre alemán que no hayan adquirido la nacionalidad alemana por nacimiento (hijos nacidos antes del 1 de enero de 1975 dentro del matrimonio de madre alemana y padre extranjero o hijos nacidos antes del 1 de julio de 1993 dentro del matrimonio de padre alemán y madre extranjera),
- Niños nacidos de una madre que perdió la nacionalidad alemana antes del nacimiento del niño por contraer matrimonio con un extranjero antes del 1 de abril de 1953, de conformidad con el artículo 17 nº 6 de la RuStAG versión antigua,
- Hijos que perdieron la nacionalidad alemana adquirida por nacimiento antes del 1 de abril de 1953 como consecuencia de la legitimación por un extranjero y efectiva con arreglo a la legislación alemana de conformidad con el artículo 17 nº 5 de la RuStAG versión antigua, o
- Descendientes de hijos según los números 1 a 3.
También puede comprobar si pertenece al grupo de beneficiarios utilizando la siguiente lista de control de la Oficina Federal de Administración.
Documentos necesarios
- Formulario de solicitud
- Copia de los documentos de identidad
- Copia de la partida de nacimiento (si ha nacido en Alemania, copia actualizada del registro de nacimientos con todas las certificaciones posteriores)
Preguntas y respuestas
Si adquiere la nacionalidad alemana por declaración, no tiene por qué renunciar a su nacionalidad anterior. La conservación o pérdida de su nacionalidad anterior depende exclusivamente de la legislación del país del que es usted ciudadano en la actualidad. Por tanto, infórmese a tiempo en las autoridades competentes de su país de origen antes de hacer la declaración.
Bases jurídicas
§ Artículo 5 de la Ley de Ciudadanía (StAG)
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